Las estaciones de servicio estarán obligadas a informar a los usuarios el cobro de tasas municipales o tributos viales
El Gobierno dispuso que las estaciones de servicio que cobren tributos viales o tasas municipales deberán informar esta práctica a los usuarios mediante una leyenda visible en los surtidores. La medida, oficializada a través de la Resolución 259/2024 publicada por la Secretaría de Energía en el Boletín Oficial, busca brindar mayor transparencia a los consumidores sobre los precios de los combustibles y su composición, otorgando un plazo de 120 días para su implementación.
Según la normativa, las estaciones de servicio que comercialicen combustibles en jurisdicciones donde se apliquen tasas viales o municipales sobre los precios de los combustibles deberán exhibir una calcomanía de 30 por 21 centímetros en un lugar visible de cada surtidor.
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Esta calcomanía debe contener el siguiente mensaje: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”. La etiqueta deberá colocarse a una altura mínima de 1.60 metros y cumplir con el diseño y parámetros especificados en la resolución. Las estaciones sin marca o bandera específica deberán usar un fondo amarillo.
La medida se implementa luego de que se prohibiera a los municipios cobrar impuestos a través de las facturas de servicios públicos y busca que los consumidores accedan a información precisa sobre los precios de los combustibles netos de tributos, como explicó la Secretaría de Energía en los considerandos de la resolución.
Plazo de adaptación y sanciones
Las estaciones de servicio tendrán un plazo de 120 días desde la entrada en vigencia de la resolución para adaptar sus instalaciones a la nueva normativa. Los datos sobre la aplicación de estas tasas serán remitidos al Módulo de Información de Precios y Volúmenes de Combustibles por Boca de Expendio, donde se detallarán los volúmenes vendidos y los precios promedio ponderados de venta con y sin las tasas e impuestos.
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El incumplimiento de la obligación de suministrar la información requerida o de colocar las calcomanías conllevará sanciones, según lo establecido por la normativa. La información recopilada será de acceso público y podrá consultarse por los consumidores a través del sitio web de la Secretaría de Energía.
La medida surge en un contexto donde algunas jurisdicciones han comenzado a aplicar tasas viales municipales, lo que ha generado un incremento en los precios de los combustibles. Desde el sector de las estaciones de servicio, algunos operadores sostienen que estas tasas representan una doble imposición, ya que los combustibles ya están gravados a nivel nacional por el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC), los cuales son coparticipables.