El fiscal Hernán Ceruti apeló la resolución de la jueza Marta Pascual que suspendió el Régimen Penal Juvenil: habló de «gravamen institucional de extrema gravedad»
La decisión que un juzgado de Lomas de Zamora tomó sobre una ley nacional ya tiene respuesta, y también salió de Lomas. El fiscal Hernán Enrique Ceruti, del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de Lomas de Zamora, apeló la medida cautelar de la jueza Marta Pascual que suspendió por 60 días el nuevo Régimen Penal Juvenil en toda la provincia.
Esa medida había suspendido por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 —el nuevo Régimen Penal Juvenil, que incorpora al sistema penal a los adolescentes de 14 y 15 años— en toda la provincia de Buenos Aires. Ceruti sostiene que se usó un hábeas corpus para paralizar una ley nacional sin un caso concreto y pidió que la norma vuelva a regir mientras la Cámara revisa.
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Qué plantea el fiscal
Ceruti calificó la resolución como generadora de un «gravamen institucional y jurídico de extrema gravedad». Su argumento central es que se paralizó una norma nacional sin que se acreditara un daño concreto sobre adolescentes reales.
La apelación reúne diez objeciones. Estas son las principales:
- Que se usó la vía del hábeas corpus para suspender una ley completa, sin un caso específico que lo motivara.
- Que no se identificó un acto ilegal o arbitrario concreto.
- Que la resolución se apoya en riesgos hipotéticos y no en una amenaza presente.
- Que se confunde el control de las condiciones de detención con un análisis abstracto de la legislación.
- Que se generalizan a toda la provincia los problemas de un solo establecimiento: el Centro Socioeducativo de Lomas.
- Que no se probó que el hacinamiento fuera inevitable.
- Que hay extralimitación de funciones judiciales y violación de la separación de poderes.
- Que la medida es desproporcionada y existen alternativas menos drásticas.
- Que se suspendió la ley antes de obtener la información que la propia resolución había solicitado.
- Que el criterio precautorio no justifica prescindir de los requisitos del hábeas corpus.
Ceruti solicitó que la apelación se conceda con efecto suspensivo. Eso significa, en concreto, que la ley volvería a regir de inmediato mientras la Cámara de Apelaciones y Garantías de Lomas de Zamora revisa la decisión de primera instancia.
Qué había resuelto la jueza
La semana pasada, la jueza Pascual —titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°2 de Lomas y presidenta del Tribunal Penal Juvenil Único— dispuso la suspensión preventiva de la ley por 60 días.

No declaró su inconstitucionalidad: pausó la implementación para evaluar si estaban dadas las condiciones. El fundamento fue la falta de infraestructura y de recursos en la provincia para recibir a los adolescentes que la norma alcanza.
El punto que casi nadie está mirando
Entre las diez objeciones del fiscal hay una que merece atención especial y que conecta el debate nacional con una institución concreta del distrito. Ceruti sostiene que la jueza generalizó a toda la provincia lo que ocurre en un solo lugar: el Centro Socioeducativo de Lomas de Zamora.
Es decir: la discusión que hoy tienen el Gobierno nacional, los gobernadores y las organizaciones de derechos humanos arranca, según el propio fiscal, en las condiciones de un establecimiento que está acá. Qué pasa adentro de ese centro, cuántos adolescentes aloja y en qué condiciones son preguntas que no tienen respuesta pública clara y que están en el centro de todo el conflicto.
Qué sigue
Ahora le toca resolver a la Cámara de Apelaciones y Garantías de Lomas de Zamora: primero, si concede la apelación con efecto suspensivo; después, si confirma o revoca la medida. Mientras tanto, la discusión sigue escalando fuera del expediente. Organizaciones denunciaron a la magistrada por violar la división de poderes, trabajadores judiciales de Lomas salieron a respaldarla, y funcionarios de otras provincias opinaron públicamente sobre el fallo.