El sistema bonaerense registró 241 fugas en un solo año
La traba en el nuevo Régimen Penal Juvenil es lo que está en boca de todos en estos días. Tiene que ver con un joven que se fugó del Instituto de Menores de Lomas y luego fue atrapado 16 meses después. Puntualmente, fue detenido en el partido de Pilar, acusado de cometer un robo.
El dato a destacar es que estaba prófugo desde mayo de 2025, cuando se escapó del instituto de menores de Lomas. Pasaron dieciséis meses hasta que volvió a caer, justo días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia. En ella está el apartado sobre la baja de la edad de la imputabilidad.

El instituto de Lomas, en el centro de un fallo nacional
Acá es donde la historia deja de ser una estadística. El Centro Socioeducativo de Privación de la Libertad Ambulatoria (CSPLA) de Lomas de Zamora es, literalmente, el establecimiento que aparece citado en el fallo que frenó el nuevo Régimen Penal Juvenil en toda la provincia de Buenos Aires.
La ley 27.801, que entre otras cosas baja la edad de imputabilidad, entró en vigencia el 5 de septiembre. Dos días después, el lunes 7, la jueza Marta Elba Pascual, a cargo del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a un habeas corpus colectivo preventivo presentado por la Federación de Familia Grande Hogar de Cristo, con el patrocinio de la abogada Patricia Liguori, y suspendió la aplicación de la norma por 60 días en todo el territorio bonaerense.

El argumento central de la jueza fue la infraestructura: sin lugares en condiciones donde alojar a los adolescentes que la nueva ley haría ingresar al sistema, aplicarla derivaría en situaciones violatorias de derechos fundamentales. Y el ejemplo concreto que usó fue el instituto de su propio distrito, que tiene un tope de 60 adolescentes fijado justamente por sus condiciones de habitabilidad.
«Hacinar ‘menores’, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia», escribió la jueza Pascual en el fallo.
La resolución señala además deficiencias en el acceso a la educación y a la formación laboral dentro de los dispositivos, y períodos de aislamiento excesivos. Se apoya en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, en la Convención sobre los Derechos del Niño y en las Reglas de La Habana y de Beijing.
La apelación y la audiencia del 16
El martes 9 de septiembre, la Fiscalía de Responsabilidad Penal Juvenil de Lomas de Zamora apeló el fallo y pidió la intervención de la Cámara. Presentó diez argumentos. Entre ellos: que el habeas corpus exige una amenaza concreta y actual y no sirve para prevenir daños hipotéticos; que no hay en el expediente un caso individual ni un acto estatal identificado que viole la libertad de un adolescente bajo la ley 27.801; que la jueza avanzó sobre facultades del Congreso al suspender una ley de fondo; y que el tope de 60 plazas de un solo establecimiento no alcanza para justificar la suspensión en toda la provincia sin un relevamiento del resto de las jurisdicciones.
La fiscalía sostuvo también que la medida fue prematura, porque se dictó antes de la audiencia convocada para el 16 de septiembre a las 10, en la que las autoridades provinciales de seguridad, niñez y justicia deben presentar su plan de implementación: infraestructura disponible, plazos y recursos.
En paralelo, la organización civil Usina de Justicia denunció penalmente a la jueza Pascual por presunto abuso de autoridad y usurpación de funciones.
Por qué esto se discute en Lomas
Hay una coincidencia que no es casual y que conviene señalar. El instituto que la jueza usó como ejemplo está en Lomas. El juzgado que suspendió la ley es de Lomas. La fiscalía que apeló es de Lomas. Y la audiencia que va a definir cómo sigue el asunto se hace en Lomas.
No es la primera vez que el CSPLA aparece en la agenda. En mayo de 2023, un motín en el establecimiento se extendió durante siete horas: los jóvenes se atrincheraron en un pabellón con colchones después de que el personal interceptara un ingreso de contrabando, y dos trabajadores terminaron con lesiones. Quien intervino en la negociación aquella vez fue, también, la jueza Pascual.
Mucho antes, en 2015, el Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria había documentado en el centro de recepción de Lomas de Zamora aislamientos prolongados, escolaridad reducida a una hora y media diaria, atención médica limitada a dos días por semana y baños clausurados, filtraciones y colchones rotos. El organismo pidió el cierre total del establecimiento. No se cerró.

Entre ese informe y el fallo de esta semana pasaron once años y la discusión sigue girando sobre el mismo eje: si un sistema que no puede sostener a los adolescentes que ya tiene adentro está en condiciones de recibir más.
ANÁLISIS Y CONSIDERACIÓN A FUTURO
El joven detenido en Pilar no es un argumento a favor de ninguna de las dos posiciones. Es, más bien, la demostración de que las dos discusiones —la de la seguridad y la de las condiciones de encierro— son la misma. Un instituto del que alguien se fuga no protege a nadie: ni a la sociedad que después sufre el robo, ni al adolescente que vuelve a la calle sin ningún acompañamiento.
La audiencia del martes 16 en los tribunales de Lomas va a decir bastante sobre cuál de las dos cosas está el Estado provincial en condiciones de resolver primero. La implementación del nuevo Régimen Penal Juvenil en suelo bonaerense, deberá esperar.