Impuestos a Ingresos Brutos: cómo impactarán en las billeteras virtuales en la provincia de Buenos Aires
A partir del 1° de octubre, monotributistas, comerciantes y pequeños empresarios bonaerenses que perciban pagos a través de billeteras virtuales —como Mercado Pago, Personal Pay u otras— comenzarán a estar alcanzados por impuestos de Ingresos Brutos, de forma similar a lo que ocurre actualmente con las cuentas bancarias.
La provincia de Buenos Aires oficializó su adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), que permite a las jurisdicciones aplicar retenciones de Ingresos Brutos en operaciones realizadas mediante cuentas virtuales. Este esquema replica el funcionamiento del SIRCREB, vigente para cuentas bancarias, aunque ambos registros son independientes.
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El mecanismo establece que los contribuyentes alcanzados tendrán retenciones con alícuotas que varían entre 0,1% y 5%, según la actividad. No se aplicarán descuentos en transferencias entre cuentas de un mismo titular.
Tres universos alcanzados
Desde el ecosistema fintech explican que la incorporación bonaerense al SIRCUPA implicará retenciones en tres situaciones:
- Contribuyentes que se incorporan al padrón provincial y que hasta ahora no sufrían descuentos en billeteras digitales.
- Aquellos que ya estaban en el sistema por otra jurisdicción y que ahora tributarán también en Buenos Aires, con un porcentaje mayor.
- Los inscriptos en el Convenio Multilateral que facturen en Provincia y en distritos no adheridos al SIRCUPA —como la Ciudad de Buenos Aires—, que pasarán a tener retenciones donde antes no las tenían.
Alcance y aplicación
El nuevo régimen se aplicará sobre montos acreditados en cuentas virtuales en pesos, moneda extranjera (excepto dólares estadounidenses), valores e instrumentos equiparables a la moneda de curso legal.
Desde el gobierno provincial remarcaron que la medida no implica la creación de un impuesto nuevo. “Lo que se hace es alinear nuestra normativa al resto de las provincias del país. Es una decisión de la Comisión Arbitral que es el organismo que arbitra entre las distintas jurisdicciones tratando de armonizar el sistema tributario. De esta forma, se equipara a las billeteras virtuales con el sistema de retenciones de bancos, el SIRCREB”, detallaron fuentes oficiales.
En la misma línea, añadieron: “Esta no es la creación de un tributo adicional, sino una disposición que busca ordenar el sistema tributario. La medida se enmarca en la necesidad de armonizar criterios con el resto de las jurisdicciones del país y, al mismo tiempo, garantizar un tratamiento equitativo para todos los medios de pago”.
La obligación alcanza a todas las cuentas de pago, sean de personas físicas o jurídicas, siempre que alguno de los titulares figure como contribuyente en el padrón provincial. Asimismo, los Proveedores de Servicios de Pago que ofrezcan cuentas de pago (PSPCP), inscriptos en la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central, deberán actuar como agentes de recaudación.