El Gobierno nacional promulgó la reforma laboral, una ley que introduce cambios en indemnizaciones, despidos, vacaciones, horas extras y funcionamiento de los sindicatos. La medida fue oficializada mediante el Decreto 137/2026 publicado en el Boletín Oficial y ya comenzó a regir para el sector privado.
La normativa lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. La reforma laboral había sido aprobada por el Congreso tras un nuevo tratamiento en el Senado, donde obtuvo 42 votos afirmativos, 28 negativos y dos abstenciones.
El proyecto regresó a la Cámara alta luego de que Diputados eliminara el artículo 44 del texto original, vinculado a las licencias médicas.
Cambios en indemnizaciones y despidos
Uno de los puntos centrales de la reforma laboral es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido sin causa.
El nuevo artículo 245 mantiene el criterio de un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Sin embargo, establece parámetros específicos para calcular la remuneración y fija topes para determinar el monto.
Además, la ley habilita que los convenios colectivos puedan reemplazar ese esquema por fondos o sistemas de cese laboral financiados por los empleadores.
En ese marco, también se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este mecanismo busca garantizar el pago de obligaciones vinculadas con la finalización de los contratos de trabajo.
El fondo se financiará con aportes mensuales obligatorios: un 1% para grandes empresas y un 2,5% para pequeñas y medianas empresas.
Vacaciones y nuevas reglas para las horas extra
La reforma laboral también introduce modificaciones en el régimen de vacaciones.
El nuevo artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el período para otorgarlas será entre el 1 de octubre y el 30 de abril. Además, el empleador deberá informar la fecha con al menos 30 días de anticipación mediante notificación escrita.
Otra novedad es la posibilidad de fraccionar las vacaciones. El descanso podrá dividirse en períodos de al menos siete días, siempre que exista acuerdo entre trabajador y empleador.
En relación con la jornada laboral, la ley incorpora el sistema de “banco de horas”. Este mecanismo permite compensar horas extras con tiempo de descanso, siempre que exista un acuerdo formal por escrito y un sistema de control.
Cambios en la actividad sindical
La normativa también introduce modificaciones en la legislación sobre asociaciones sindicales.
Entre ellas, se establece que las asambleas sindicales deberán realizarse sin afectar el funcionamiento normal de la empresa. Además, requerirán autorización del empleador respecto del horario y la duración.
La ley también tipifica como infracciones muy graves determinadas acciones gremiales, como la organización de bloqueos o la toma de establecimientos.
Qué trabajadores quedan fuera de la reforma
La nueva legislación aclara que la reforma laboral no se aplicará a varios sectores.
Entre ellos se encuentran los empleados de la administración pública, el personal de casas particulares, los trabajadores agrarios y quienes prestan servicios de forma independiente para plataformas tecnológicas.
Tampoco alcanzará a contratistas regulados por el Código Civil y Comercial, salvo que exista una normativa específica que los incluya.