La UFI 7 de Responsabilidad Penal Juvenil de Lomas de Zamora investiga de oficio el ataque al gato de Temperley
En veinticuatro horas, el caso del adolescente que le pateó la cabeza a un gato en Temperley pasó de video viral a una causa que investigan de oficio. La UFI N°7 del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de Lomas de Zamora inició una investigación de oficio, sin denuncia previa. El colegio al que asiste el chico publicó un comunicado repudiando el hecho. El gato está bien y lo cuida una vecina que lo castró y lo vacunó.
La causa está a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción N°7 del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de Lomas de Zamora, a cargo de la fiscal Andrea Rodríguez Bagnara. El dato relevante es cómo se abrió: de oficio. Es decir, sin que mediara una denuncia particular.
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Eso ocurre cuando la fiscalía toma conocimiento de un hecho que considera delito y decide investigarlo por su cuenta, sin esperar que alguien se presente a denunciar. En este caso, el disparador fueron las imágenes de la cámara de seguridad que circularon por las redes sociales. El adolescente fue identificado.
El comunicado del colegio
El Colegio San Francisco Javier de Temperley, al que asiste el chico, publicó un comunicado.
«Educar también es enseñar a cuidar y respetar toda forma de vida. Los animales sienten, sufren y necesitan de nuestro cuidado. La violencia hacia ellos no puede ser naturalizada ni considerada un juego. Desde nuestro Colegio aborrecemos y rechazamos toda forma de maltrato y violencia hacia los animales. Creemos que educar también implica desarrollar empatía, respeto y responsabilidad hacia todo ser vivo. Porque una sociedad más humana se construye aprendiendo a cuidar, respetar y proteger a quienes no pueden defenderse.»

Hay una frase del texto que conviene subrayar: «no puede ser naturalizada ni considerada un juego». Es, probablemente, la definición más precisa del problema.
Cómo está el gato
Según Karen, la vecina que se está haciendo cargo de la gata, informó que el animal no presentaría lesiones aparentes. No es una gata sin dueño en el sentido estricto, es una gata comunitaria. Ese detalle explica por qué el barrio reaccionó como reaccionó.

No era un animal anónimo: era la mascota de la cuadra, con alguien que se hacía cargo de ella. Karen la cuida desde hace años, la alimenta con regularidad y ya se ocupó de castrarla y vacunarla. Ahora la mantiene dentro de la casa por precaución.
Qué puede pasar y qué no
Acá está la pregunta que todo el mundo se hace y la respuesta que casi nadie da. El maltrato y los actos de crueldad contra los animales son delito en la Argentina. Lo establece la Ley 14.346, sancionada en 1954, que prevé penas de quince días a un año de prisión. No es una contravención ni una falta municipal: es una ley penal nacional.
Pero el acusado es menor de edad, y eso cambia todo el escenario. En el régimen penal juvenil argentino, los menores de 16 años son inimputables. Y entre los 16 y los 18, solo son punibles por delitos con penas superiores a dos años, lo que no es el caso de la Ley 14.346. Traducido: esta causa no va a terminar en una condena.

Entonces, ¿para qué sirve la investigación?
Sirve, y bastante, aunque no termine en una pena. El Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil no funciona solo con lógica de castigo. Cuando interviene con un menor inimputable, el camino es el sistema de promoción y protección de derechos: los servicios locales de niñez, que pueden evaluar la situación del adolescente, trabajar con él y con su familia, y disponer medidas de acompañamiento.
Y hay una razón de fondo para que eso ocurra. La literatura criminológica es consistente al señalar la crueldad hacia los animales en la adolescencia como un indicador de riesgo asociado a otras formas de violencia. No es una condena anticipada de nadie: es exactamente el motivo por el cual conviene intervenir temprano en lugar de mirar para otro lado.
Una advertencia sobre las redes
En el barrio hubo vecinos intentando identificar al adolescente para escracharlo. Es entendible, pero es una mala idea. Difundir la identidad de un menor de edad constituye una infracción, puede derivar en responsabilidad penal para quien lo hace y no repara nada.

Cómo se denuncia el maltrato animal
La denuncia se hace en la comisaría o directamente en la fiscalía, igual que cualquier otro delito. No hace falta abogado ni ser el dueño del animal: puede denunciar cualquier persona que haya presenciado el hecho o tenga elementos.
- El video o las fotos, descargados. El archivo completo del período, no solo el fragmento del hecho.
- La fecha, la hora y el lugar exacto.
- Los datos de la cámara que registró y de su titular.
- Si hay lesiones, el certificado del veterinario. Es la prueba más fuerte que existe en este tipo de causas.