El Tribunal modificó el régimen de visitas de Cristina Kirchner tras el incumplimiento de las condiciones de su prisión domiciliaria
El pasado 19 de noviembre, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 decidió ajustar el régimen de visitas de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, luego de comprobar que recibió a nueve personas simultáneamente en su domicilio sin la debida autorización judicial.
Esta resolución, firmada el mismo día, surge a raíz de una publicación en la red social X realizada el 17 de noviembre, donde la ex mandataria anunciaba un encuentro con un grupo de economistas con motivo del Día del Militante.

Durante este encuentro, el grupo presentó un documento económico que abarca más de 400 páginas, en representación de más de ochenta profesionales.
A pesar de que los asistentes estaban incluidos en una lista presentada por la defensa el 12 de noviembre, la autorización no permitía la reunión simultánea de todos ellos. Como resultado, el juez responsable del control de la ejecución de la pena determinó que el evento se llevó a cabo sin la debida autorización y vulneró las condiciones impuestas.
La resolución del tribunal establece que este tipo de encuentros “no se compadece con la lógica de restricción que caracteriza el régimen excepcional de prisión domiciliaria”, desvirtuando así su naturaleza punitiva. Adicionalmente, se estipula que las visitas no autorizadas deberán solicitarse de manera individual, con una justificación clara, incluyendo fecha y hora.
Nuevo régimen
El nuevo régimen impuesto indica que las visitas no pueden exceder las dos horas de duración, se limitarán a dos veces por semana y no podrán incluir a más de tres personas simultáneamente.
Además, se mantiene la autorización general únicamente para familiares directos, médicos tratantes, abogados defensores y la custodia policial, conforme a las listas ya aprobadas.
Por otro lado, el fallo dejó sin efecto una autorización previa del 14 de noviembre y encargó a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal la supervisión del cumplimiento de estas nuevas normativas, que deberán incluir informes detallados de cada ingreso al domicilio.
Finalmente, el tribunal advirtió que, en caso de nuevos incumplimientos, la modalidad de prisión domiciliaria podría revisarse y eventualmente revocarse, conforme al artículo 34 de la ley 24.660.
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Fuente: Noticias Argentinas ↗