La Sala I de la Cámara de Lomas revocó la medida de la jueza Pascual y el Régimen Penal Juvenil vuelve a regir en toda la provincia de Buenos Aires
Duró ocho días. La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó este lunes la resolución con la que la jueza Marta Elba Pascual había suspendido por sesenta días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en toda la provincia de Buenos Aires. Con esa decisión, la ley 27.801 vuelve a regir en todo el territorio bonaerense.
Los jueces Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi construyeron su resolución sobre un argumento de fondo: un juez de primera instancia no puede, mediante una medida cautelar de alcance general, suspender la vigencia de una ley sancionada por el Congreso.
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«Ningún juez tiene en la República Argentina el poder de hacer caer la vigencia de una norma erga omnes», sostiene la resolución. El tribunal agregó que «está vedado a los jueces analizar el acierto o inconveniencia de las leyes». Es decir: la discusión sobre si la norma es buena, oportuna o aplicable con la infraestructura disponible es una discusión legislativa, no judicial.
La salida que propone el fallo
La Cámara no negó el problema que había planteado la jueza. Lo reubicó. En lugar de una suspensión general de la ley, la resolución traslada la responsabilidad a cada juez con un caso concreto en la mano: cuando las condiciones de detención de un adolescente se deterioren, el magistrado que interviene en esa causa debe disponer medidas urgentes con las herramientas legales disponibles.
Dicho de otro modo: los derechos se protegen caso por caso y no suspendiendo la norma para todos.
Qué había decidido la jueza
La ley 27.801, que entre otras cosas baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años para determinados delitos, establece penas alternativas y fija un máximo de quince años de prisión para los delitos más graves —prohibiendo la perpetua para menores—, entró en vigencia el 5 de septiembre.
Dos días después, el lunes 7, Pascual hizo lugar a un habeas corpus colectivo preventivo presentado por la Federación de Familia Grande Hogar de Cristo y suspendió su aplicación por sesenta días. Su argumento fue de infraestructura: sin lugares en condiciones para alojar a los adolescentes que la norma haría ingresar al sistema, aplicarla derivaría en situaciones violatorias de derechos fundamentales.
El ejemplo que usó fue el Centro Socioeducativo de su propio distrito, con un tope de sesenta plazas fijado por sus condiciones de habitabilidad. «Hacinar ‘menores’, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia», había escrito la jueza.
La fiscalía apeló el 9 de septiembre con diez argumentos, entre ellos que el habeas corpus exige una amenaza concreta y actual y que el cupo de un solo establecimiento no alcanza para frenar una ley en toda la provincia. La Cámara le dio la razón.
Lo que queda abierto
La resolución cierra la discusión sobre la vigencia de la ley, pero deja dos frentes en pie. El primero es la situación de la jueza. Tres bloques de la Legislatura bonaerense —La Libertad Avanza, PRO y Hechos— presentaron pedidos de jury en su contra, y la organización civil Usina de Justicia la denunció penalmente por presunto abuso de autoridad.
La Asociación Judicial Bonaerense, del otro lado, pidió medidas de protección y reclamó que cese el hostigamiento contra ella y su personal. La revocación del fallo no cancela ninguno de esos trámites. El segundo es el que dio origen a todo, y es el que la Cámara no resolvió porque no le correspondía: el estado de los lugares donde se aloja a los adolescentes.
Esta misma semana, trabajadores nucleados en ATE denunciaron que el Centro Socioeducativo de Lomas de Zamora —el establecimiento que la jueza había citado— funciona sin gas natural, con tres de sus cuatro módulos operativos y con alrededor de sesenta adolescentes alojados. El instituto no depende del Municipio: depende del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, en la órbita del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad bonaerense.
La ley, entonces, vuelve a regir. La pregunta sobre dónde van a estar alojados los adolescentes que ingresen al sistema sigue sin respuesta, y ahora se responderá de a un expediente por vez.