Desde el 31 de agosto los bancos pueden cobrar la cuota de un préstamo desde una cuenta tuya en otra entidad: Qué autorizaste y cómo darlo de baja
El lunes 31 de agosto empieza a regir el Cobro con Transferencia, un mecanismo creado por el Banco Central que permite que la cuota de un préstamo se pueda cobrar automáticamente de tu cuenta, incluso si esa cuenta está en una entidad distinta de la que te dio el crédito.
Lo estableció la Comunicación «A» 8406, aprobada en marzo. Y hay un detalle que marca el clima con el que arranca: las entidades financieras pidieron postergar la fecha o directamente dar de baja el sistema, y el Banco Central sostuvo el 31 de agosto sin modificar la norma.
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Qué cambia
Hasta ahora, si sacabas un préstamo en un banco, la cuota se debitaba de una cuenta de ese mismo banco. El Cobro con Transferencia habilita el débito cruzado: la entidad que te prestó puede cobrarse desde una cuenta tuya en otra entidad, sea un banco o una billetera virtual.
En los hechos, viene a reemplazar al débito directo interbancario que funcionó en el país hasta 2020. Las cinco reglas que te protegen:
1. Sin tu consentimiento explícito, no hay débito
La norma exige un consentimiento explícito, que se otorga por única vez mediante un procedimiento técnico específico. No alcanza con una cláusula escondida en la letra chica de un contrato.
2. Lo podés dar de baja cuando quieras
Podés revocar ese consentimiento o cambiar la cuenta desde la que se debita, y la entidad está obligada a que puedas hacerlo desde el canal electrónico habilitado. No hace falta ir a una sucursal.
3. La cuota no puede superar el 30% de tus ingresos
La relación cuota-ingreso al momento de originarse el préstamo no puede pasar del 30%.
4. Te tienen que avisar antes
Las entidades deben poner a disposición del cliente, mediante notificaciones específicas, la información de los cobros que se van a realizar al día hábil siguiente. El aviso llega antes del débito, no después.
5. Hay un límite de intentos
Se permite un intento de cobro por período, según la frecuencia del contrato, más dos reintentos: el primero a las 48 horas y el segundo a las 96. No pueden estar intentando indefinidamente.
Además, el sistema se aplica únicamente a préstamos de cuotas fijas e iguales, y quedan excluidas ciertas cuentas, como las remuneradas, las de inversión y las que operan en dólar MEP o criptomonedas.
Arranca, pero con pocos jugadores
Aunque la fecha se sostiene, el sistema no empieza a pleno. Según trascendió en el sector, por ahora Banco Galicia sería la única entidad en condiciones de activarlo desde el arranque, mientras el resto plantea problemas técnicos sin resolver.
Las objeciones no son solo técnicas. Un ejecutivo bancario lo resumió sin vueltas: «Ningún banco grande ni Mercado Pago va a aceptar depositarle el monto del crédito propio a un competidor». Traducido: la función de cobranza cruzada, que es el corazón del sistema, podría terminar teniendo un uso muy acotado.
El derecho a frenar un débito
Más allá de este sistema, hay una herramienta general que conviene conocer: el stop debit. Es el derecho de cualquier usuario de servicios financieros a pedirle a su entidad que suspenda o rechace un débito automático en su cuenta. Se ejerce comunicándose con el banco o la billetera.
Un punto importante para no confundirse: frenar el débito no cancela la deuda. Suspende el mecanismo de cobro automático, pero la obligación de pagar sigue existiendo, y si no se paga por otra vía se generan intereses y se afecta el historial crediticio.
El Banco Central tiene un servicio gratuito y público, la Central de Deudores, donde cualquier persona puede consultar su situación crediticia con el número de CUIT o CUIL, en bcra.gob.ar/situacion-crediticia. Devuelve un informe consolidado de las financiaciones otorgadas por las entidades del sistema. Es la forma más simple de saber si figurás con alguna deuda que no tenías presente.
Si estás por sacar un crédito y te ofrecen adherir al débito automático, chequeá: desde qué cuenta se debita, qué día del mes, si el monto es fijo y por dónde se da de baja la autorización. Esas cuatro respuestas evitan la mayoría de los problemas que después terminan en un reclamo.