Un fallo que genera debate
El Gobierno logró que el juez Patricio Maraniello dicte una cautelar para frenar la difusión de grabaciones en las que aparece Karina Milei, secretaria general de la Presidencia. La medida, presentada como un resguardo a la intimidad, fue interpretada como un acto de censura previa, prohibido por la Constitución y cuestionado por especialistas en derecho constitucional.
El origen de las filtraciones
La controversia comenzó con audios del exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad, Diego Spagnuolo, donde señalaba supuestos actos de corrupción en Casa Rosada. Luego aparecieron grabaciones de la propia Karina Milei dentro de Balcarce 50. Aunque en su mayoría eran triviales, confirmaron que alguien la había registrado sin autorización, lo que disparó la reacción oficial.
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Ecos del pasado y críticas al Gobierno
El fallo evocó casos históricos como la censura a Tato Bores en 1992, que terminó generando un efecto contrario al buscado. Constitucionalistas remarcan que la libertad de expresión se protege con responsabilidades posteriores, no con prohibiciones anticipadas.

En paralelo, la ministra Patricia Bullrich solicitó allanamientos a un canal de streaming y a periodistas vinculados a las filtraciones, en contradicción con el discurso de un gobierno que se autodefine “libertario”.